Gabriel Rodríguez

EE UU y su jurisdicción en Suiza

Hace un par de días saltó la noticia sobre la detención por parte de la policía suiza de siete miembros de la FIFA por una investigación iniciada en Estados Unidos. La fiscal general de Estados Unidos, Loretta Lynch, describía el caso como “corrupción rampante, sistemática y profundamente enraizada”. A raíz de estas detenciones varias son las cuestiones jurídicas que se están planteando, pero primordialmente se podrían resumir en dos. ¿Tiene o no jurisdicción Estados Unidos para actuar contra los siete detenidos? ¿Por qué Suiza cumple con la solicitud de detención de Estados Unidos?

En primer término, con relación a la Jurisdicción, la Fiscalía General de Estados Unidos investiga varias reuniones y operaciones realizadas en su territorio sobre determinados torneos organizados por la CONCACAF, — los directivos detenidos son casi todos procedentes de países integrados en la misma —, confederación que tiene sede en Miami y con la implicación de la sociedad Traffic Esports EE UU, con sede en el mismo país. Por todo ello consideran que tienen argumentos y competencia suficiente para actuar contra los cargos de la FIFA contra los que han actuado. En Estados Unidos — como también ha pasado con España en determinados casos — se reconoce jurisdicción para conocer de aquellos asuntos que tengan una mínima conexión con su territorio, aunque el delito no se haya cometido en el mismo. En todo caso, los detenidos serán los que deban plantear en su caso la falta de competencia de EE UU en sus respectivos casos. En segundo término, con relación a los motivos por los que Suiza realiza las detenciones a instancias de EE UU, se debe señalar que se trata de una situación habitual en el ámbito de los procesos penales que requieren de la práctica de medidas de investigación en el extranjero, que se denomina “auxilio judicial internacional” que en materia penal comprende, por un lado, los procedimientos de extradición (Estados Unidos y Suiza tienen un convenio sobre extradición con vigencia desde 1997) y por otro lado, al que se denomina “secundario o comisiones rogatorias” que consiste en la realización de aquellos actos de instrucción necesarios en el marco de una investigación. En base a estas aclaraciones, se observa que las detenciones de los 7 miembros de la FIFA por parte de la policía Suiza se realizaron mediante una comisión rogatoria solicitada por EE UU, al encontrarse estos miembros en el marco de una investigación por parte de la Fiscalía General de Estados Unidos.

Gabriel Rodríguez es abogado del despacho Deporte de Ley.